La ART te ofreció un acuerdo o te dio el alta. Antes de firmar nada, sabé cuánto te corresponde realmente — porque lo que ofrecen al principio rara vez es lo que corresponde por ley.
La Ley 24.557 es clara sobre las obligaciones de la ART. El problema no es la ley — es lo que la ART hace en la práctica cuando el trabajador no tiene asesoramiento.
Es la situación más frecuente — y la que más se subestima. El alta de la ART no significa que estés bien. Significa que la ART decidió que estás bien. Son dos cosas distintas.
Cuando la ART da el alta médica, el trabajador tiene derecho a impugnarla. Se plantea la disconformidad ante la Comisión Médica jurisdiccional, que evalúa el caso con sus propios médicos.
Si la Comisión confirma el alta, puede apelarse. Si la ART está equivocada — como ocurre con frecuencia — se revierte.
Lo que la ART no te dice es que ese proceso existe. Que podés pedirlo. Y que mientras está en curso, no estás obligado a volver al trabajo.
En el estudio Killing & Asociados en San Isidro gestionamos impugnaciones de alta médica ante la Comisión Médica del Departamento Judicial San Isidro desde hace más de 20 años.
No te reincorpores sin consultar. Una vez que volvés al trabajo aceptando el alta, reclamar la impugnación se complica significativamente. Cada hora cuenta.
Tres situaciones distintas, todas cubiertas por la Ley 24.557. Muchos trabajadores no saben que el accidente in itinere o la enfermedad profesional también están incluidos.
Cualquier hecho súbito durante la jornada laboral — caídas, golpes, cortes, quemaduras. La cobertura incluye atención médica completa, salario durante la baja e indemnización si quedan secuelas permanentes.
Si te accidentaste en el trayecto habitual entre tu casa y el trabajo — de ida o de vuelta — también estás cubierto. Es uno de los reclamos más frecuentes en Zona Norte por el tráfico en las principales arterias de la zona.
Las enfermedades causadas por las condiciones de trabajo también están cubiertas. Las más frecuentes en Zona Norte: lumbalgias, hernias, lesiones de hombro, hipoacusia por ruido. Si la ART la rechaza, puede reclamarse igualmente.
La indemnización depende del tipo y grado de incapacidad. Conocer las cuatro categorías es la mejor forma de no aceptar menos de lo que la ley te garantiza.
Es el período en que no podés trabajar mientras te recuperás. Cobrás una prestación dineraria mensual equivalente a tu ingreso base mientras dure la baja médica.
Secuelas permanentes menor a 66%. La indemnización se calcula sobre el ingreso base multiplicado por el porcentaje de incapacidad y un coeficiente de edad.
Cuando la disminución es igual o superior al 66%. Corresponde retiro definitivo más una renta periódica vitalicia a cargo de la ART.
Incapacidad total con necesidad de asistencia de otra persona para los actos básicos. Suma una renta mensual vitalicia adicional para cubrir el costo del cuidador.
El porcentaje de incapacidad lo determina la Comisión Médica. En el estudio Killing & Asociados evaluamos si ese porcentaje refleja el daño real — y si no, cómo impugnarlo.
El reclamo puede resolver la indemnización correcta por incapacidad real, la impugnación del alta prematura, el rechazo injustificado del accidente y la revisión de acuerdos firmados bajo presión.
También puede resolver el acceso a prestaciones que la ART demora o niega — turnos, estudios, medicación, rehabilitación.
Comisión Médica: la instancia administrativa puede resolverse en meses. Si la ART corrige su posición, puede cerrarse ahí.
Vía judicial: entre 1 y 3 años según la complejidad. Los derechos — atención médica, salario — corren mientras el proceso avanza.
En el estudio Killing & Asociados en San Isidro siempre evaluamos la vía más rápida según cada situación.
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Primera consulta para evaluar tu situación y saber cuánto te corresponde realmente. Más de 20 años en derecho laboral en San Isidro y Zona Norte. Los honorarios se cobran solo si cobrás.